Aumenta el valor de la Unidad Tributaria a Bs. 9,00
- Lcda. Carolina Ramírez

- 11 may 2023
- 2 Min. de lectura

En Gaceta Oficial Nº 42.623 de fecha 08 de Mayo de 2023 se publica la Providencia SNAT/2023/000031 que estipula el aumento de la Unidad Tributaria en Venezuela que pasa de 0,40 Bs. a 9,00 Bs.
Esta normativa entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial, es decir, desde el 08 de Mayo de 2023.
En el artículo 2 de esta Providencia se aclara que el uso de este valor será unicamente a los fines de de determinación de los tributos nacionales, los cuales son gestionados y recaudados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), quedando prohibido su uso por otros organismos públicos para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales. Es decir, solo aplicará para los tributos dirigidos y gestionados por el SENIAT y de ámbito nacional.
A tales efectos las bases tributarias para este año 2023 queda de la siguiente manera:
Las personas naturales serán contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) a partir de Bs. 9.000,00 correspondientes a sus ingresos netos devengados durante este ejercicio (2023), esto en caso que antes del cierre del ejercicio fiscal no se decrete otro aumento de la Unidad Tributaria.
A efectos del Impuesto a los Grandes Patrimonios (IGP), se amplia el valor de la base tributaria a Bs. 1.350.000.000,00 equivalente a 150.000.000 UT. Si el Patrimonio Neto del Sujeto Pasivo Especial (SPE) es igual o mayor a este valor, deberá pagar el 0,25% de dicho patrimonio por concepto de IGP.
También, se modifica el sustraendo a aplicar a las personas naturales residentes a los efectos de las Retenciones de Impuesto Sobre la Renta, quedando en 7,50 Bs. para las retenciones cuya alícuota sea 1% y en 22,50 Bs. para las retenciones cuya alícuota sea 3%.
En este respecto es importante indicar que a los fines de Retenciones de Impuesto Sobre la Renta, y tomando en cuenta lo indicado por el Código Orgánico Tributario, la unidad tributaria a aplicar en cada mes es la que esté vigente al inicio del período. de hecho, la Providencia SNAT/2023/000031 también aclara este aspecto en su artículo 3. Por lo tanto, la UT a aplicar en todo el mes de Mayo debe ser 0,40 Bs.
Puede descargar la Gaceta Oficial Nº 42.623 a continuación y la Tabla de Retenciones con el nuevo valor de la UT.







Comentarios